Cláusulas abusivas

Cláusulas Abusivas

La Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de fecha 23 de diciembre de 2015 revoca parcialmente el pronunciamiento de la Sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013 dictada como consecuencia de la demanda colectiva presentada contra Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Nova Caixa Galicia y Cajas Rurales en la que se solicitaba la declaración de cláusula abusiva de las ya famosas cláusulas suelo y por tanto su nulidad.

Como ya es sabido el Tribunal Supremo limitó los efectos de la nulidad de dichas clausulas a la fecha de publicación de la sentencia del Supremo y la Unión Europea le solicita a los Juzgados españoles que ante las demanda de los abogados de los consumidores cesen en la limitación de los efectos de la nulidad pues dicha limitación no provocaría el efecto de protección que la Unión Europea otorga a los consumidores frente a las cláusulas abusivas.

Gastos hipotecarios

Aunque todavía no tengamos pronunciamiento de la Unión Europea al respecto, el Tribunal Supremo ya se ha decantado por declarar abusiva la cláusula incluida en la totalidad de los préstamos hipotecarios en la que el banco obliga al cliente a asumir la totalidad de los gastos de formalización de la hipoteca. Ante esta Sentencia del Tribunal Supremo son muchas las personas que han contactado con un abogado en busca de reclamar los gastos de la hipoteca para recuperar lo asumido por ellos de manera obligada.

Cláusulas Suelo

El Decreto-Ley de Clausulas suelo obliga a los consumidores a revisar su hipoteca al objeto de someterse a dicho procedimiento. El Banco debe contestar a la solicitud del cliente en el plazo de 3 meses y en caso de no estar conforme con la oferta realizada por la entidad financiera se debe contactar con un abogado para solicitar demanda en busca de una sentencia judicial que nos ampare en nuestros derechos admitiendo la reclamación de lo indebidamente cobrado de más a los clientes con sus intereses correspondientes.